Buenas noticias para los freelancers: con este régimen pagarás menos ISRSer freelancer es una tarea complicada. | PIXABAY

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Buenas noticias para los freelancers: con este régimen pagarás menos ISR

El SAT busca facilitar a los contribuyentes la declaración de impuestos y el manejo de sus actividades contables.

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CIUDAD DE MÉXICO.- El formato de trabajo freelance o autónomo ha aumentado sustancialmente a partir de 2020. Tan solo en México 15 millones de personas trabajan por su cuenta, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Ser freelancer es una tarea complicada pues además de enfocar esfuerzos en conseguir nuevos clientes, cotizar adecuadamente y entregar el trabajo en tiempo y forma, existe la complicación de llevar tu contabilidad y emitir facturas para los clientes.

Hasta ahora, la mayoría de los freelancers se encontraba dentro del régimen fiscal de Persona Física con Actividad Empresarial (PFAE) y algunos en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF); sin embargo, ha aparecido la figura del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) que tiene excelentes beneficios para este sector.

Andrés Hinojosa CEO y fundador de la startup contable Simmple, aconseja a todos aquellos freelancers que facturen menos de 3.5 millones de pesos al año, darse de alta o cambiarse al RESICO, ya que en este régimen el ISR es mucho menor y se realiza con base en flujo de efectivo, es decir, lo efectivamente pagado y cobrado.

¿Qué beneficios tendré si estoy en el RESICO? 

  • 1. Pagarás menos ISR

Cuando un freelancer emite facturas por servicios, básicamente tiene que pagar dos impuestos: el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto Sobre la Renta (ISR). El IVA es un impuesto fijo que a su vez se paga en distintos productos y servicios y equivale al 16% en el centro del país y al 8% en estados fronterizos. El ISR es un impuesto que varía entre el 1.92% y 35% como persona física con actividad empresarial, ahora con el RESICO este porcentaje podrá ser entre el 1% y 2.5%, dependiendo de tus ingresos anuales.

  • 2. Podrás estar dado de alta en más de un régimen

El RESICO te permitirá combinar tus ingresos por tus actividades como freelancer con tus ingresos como asalariado, arrendatario, o ingresos por intereses.

Por ejemplo:

  • Si eres empleado de una empresa y recibes un sueldo y además…
  • Si recibes ingresos por intereses de una inversión en una activo como cetes o acciones y además…
  • Si recibes ingresos por la renta de una propiedad y además…

…y además recibes ingresos por honorarios por tus actividades como freelancer, podrás mantener tus ingresos por sueldo o intereses en el régimen correspondiente y cambiar tus ingresos por honorarios y por la renta de la propiedad en conjunto al RESICO, mientras el total de tus ingresos no excedan los 3.5 millones de pesos al año.

¿Quién puede darse de alta en este régimen? 

Si eres persona física, vives en México, no eres accionista de una empresa y tus ingresos no exceden de 3.5 millones de pesos podrás formar parte del RESICO.

Aunque existen algunas limitaciones, básicamente todos los que realicen actividades empresariales, servicios profesionales, comercialización o arrendamiento de bienes podrán ser parte de este régimen.

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En caso de que no califiques, la mejor alternativa para declarar tus ingresos como freelancer será en el régimen de PFAEP ya que con este régimen podrás deducir los gastos relativos a tu actividad económica. Por ejemplo, si prestas servicios de diseño, puedes deducir una tablet, o tu computadora y todo lo que tenga que ver con tu profesión.

¿Cómo puedo cambiar de régimen?

Si te inscribiste en el RIF antes del 31 de agosto del 2021 podrás continuar hasta que desees cambiarte, pero tendrás que presentar un aviso de actualización al RFC a más tardar el 31 de enero del 2022. Si te inscribiste después de dicha fecha, tendrás que migrar de régimen forzosamente. Para los inscritos como Personas Físicas con Actividad Empresarial, no hay fecha límite para el cambio, aunque recuerda que cada mes que pase perderías la oportunidad de ahorrar hasta un 92% en ISR.

Aunque cada contribuyente puede hacer su cambio en la página del SAT de forma individual, Andrés nos comenta que por la complejidad es conveniente hacerlo por medio de un contador o de plataformas que te puedan guiar de forma gratuita como Simmple.

Ten en cuenta las implicaciones de no estar inscrito en el régimen adecuado

Con la implementación del RESICO, el SAT busca facilitar a los contribuyentes la declaración de impuestos y el manejo de sus actividades contables, sin embargo, no estar en el régimen adecuado podría traerte serias consecuencias en el pago de tus impuestos.

De acuerdo con el CEO y fundador de Simmple: “cuando te atrasas en el pago de tus impuestos, ya sea porque te equivocaste o los omitiste, debes pagar actualizaciones, recargos y multas. La tasa de recargos que usa el SAT es de 1.47% mensual y las actualizaciones se calculan con base en el Índice Nacional de Precios y Cotizaciones (INPC). Las multas pueden variar”.

Por lo que resulta muy útil contar con el asesoramiento de especialistas en el tema que podrán acompañarte paso a paso, darte un diagnóstico de tu situación fiscal y llevar tu contabilidad de la manera más sencilla y con la transparencia que se requiere para que estés seguro de que estás al día con tus obligaciones fiscales. Para ello, Simmple pone a tu alcance su plataforma digital.

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